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Más información sobre el Contrato de préstamo entre particulares

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¿Vas a prestar dinero a otra persona? Utiliza nuestro contrato para hacerlo de manera sencilla y con todas las garantías legales.  Deja claro cuál es el plazo en el que te tienen que devolver el dinero y cuáles son los intereses.

Utiliza este contrato:

  • si eres un particular y vas a prestar dinero a otra persona, para que quede constancia de que le has dejado el dinero y de la fecha de devolución
  • si eres particular y otra persona te va a prestar una cantidad de dinero

Este contrato de préstamo cubre:

  • la identificación del prestamista y el prestatario

  • la cantidad de dinero prestado

  • para qué se va a usar el préstamo (finalidad)

  • plazos para devolver el dinero

  • los intereses a pagar

Cuando completes este contrato, puedes pactar que la persona a la que le haces el préstamo te pague una cantidad aparte, como compensación por haberle prestado el dinero. Si no lo deseas (por ejemplo, por tratarse de un familiar) puedes no pactar interés alguno.

Los intereses consisten en un porcentaje que se fija en el contrato: puede ser el interés legal del dinero u otra cantidad que se acuerde. Sin embargo, tienes que tener en cuenta que podría considerarse que el interés es usurario y hacer nulo el contrato si es muy superior al interés legal del dinero, o desproporcionado para vuestras circunstancias.

Podrás elegir si el dinero se devuelve todo en un plazo final, o si se devuelve en varios plazos (mensuales, bimensuales, trimestrales, cuatrimestrales, semestrales o anuales).

Para saber qué es lo que más te conviene, te aconsejamos que negocies con la persona que va a recibir el dinero la forma y el plazo de devolución y que compruebes si va a tener dinero para ir devolviéndolo poco a poco.

Cuando llegue el momento de pago o de devolución del dinero, si la persona a la que se deja el dinero (o prestatario) no paga, comenzarán a devengarse unos intereses moratorios.

Estos intereses moratorios consisten en un porcentaje de dinero que se calcula sobre el dinero que prestaste o el que quede pendiente de pago.

No. Con que completes este contrato de préstamo, será suficiente para estar cubierto y asegurarte la devolución del dinero que prestas.

Pero si quieres, puedes llevar este contrato a un Notario, para que lo intervenga y lo convierta en documento público. En ese caso, si no te devuelven el dinero prestado, podrás pedir directamente al juez el embargo de los bienes del deudor, porque tu contrato será un título ejecutivo, que te permitirá iniciar un procedimiento de ejecución.

Si decidís no llevar el contrato a un Notario, no hay problema, vuestros derechos también están a salvo.

La única diferencia es que, en caso de impago o de que no se devuelva el dinero, tendrás que iniciar un juicio previo, en el que se comprobará que no te han pagado, y el Juez dictará una sentencia para que luego puedas pedir el embargo de los bienes del deudor.

El préstamo de dinero está exento del pago del impuesto de ITP (transmisiones patrimoniales), y no hay que pagar nada, aunque sí  tienes que liquidar y presentar este contrato en la Consejería de economía y hacienda de tu Comunidad Autónoma.

Pregunta a un abogado:

  • en caso de que quieras acordar algún tipo de garantía con el prestamista para la devolución del dinero

  • si no estás seguro de que procentaje de interés remuneratorio poner

  • si no te han devuelto el dinero o del préstamo o no te han pagado los intereses

También puedes consultar nuestra Guía Rápida Préstamos entre particulares.